¿Cuál es la diferencia entre Propiedad y Feudo?

Compartir en FacebookComparte en WhatsAppCopie la URL al Clipboard

La principal diferencia entre propiedad y feudo

es:
– “propiedad”: Derecho de una persona de poseer una cosa y poder disponer de ella
– “feudo”: Contrato por el cual los soberanos y los grandes señores concedían en la Edad Media tierras o rentas en usufructo, obligándose quien las recibía a guardar fidelidad de vasallo al donante, prestarle el servicio militar y acudir a las asambleas políticas y judiciales que el señor convocaba

propiedad

feudo

Etimología

Del latín proprietas

Sustantivo femenino
1
Derecho de una persona de poseer una cosa y poder disponer de ella.
2
Cosa que es poseída por una persona.
3
Cualidad distintiva o esencial de una persona o una cosa.
4 Música.
En el canto llano, cada una de las tres especies de hexacordos.
Locuciones
  • propiedad horizontal
Etimología

Del alemán fëhu ("rebaño"), ("propiedad")

Sustantivo masculino
1
Contrato por el cual los soberanos y los grandes señores concedían en la Edad Media tierras o rentas en usufructo, obligándose quien las recibía a guardar fidelidad de vasallo al donante, prestarle el servicio militar y acudir a las asambleas políticas y judiciales que el señor convocaba
  • Derivación: feudal, feudalidad, feudalismo, feudar, feudatario, feudista
2
Reconocimiento o tributo con cuya condición se concedía el feudo
3
Dignidad o heredamiento que se concedía en feudo
4
Respeto o vasallaje
  • Uso: figurado
Locuciones
 dejo definiciones para el que quiera crear las entradas correspondientes
  • feudo de cámara

El que estaba constituido en renta anual de dinero sobre la hacienda del señor, inmueble o raíz.

  • feudo franco

El que se concedía libre de obsequio y servicio personal.

  • feudo impropio

Aquel al que faltaba alguna circunstancia de las que pedía la constitución del feudo riguroso; como el feudo de cámara, el franco, etc.

  • feudo ligio

Aquel en que el feudatario quedaba tan estrechamente subordinado al señor, que no podía reconocer otro con subordinación semejante, a distinción del vasallaje en general, que se podía dar respecto de diversos señores.

  • feudo propio

Aquel en que concurrían todas las circunstancias que pedía su constitución para hacerlo riguroso; como el feudo recto.

  • feudo recto

El que contenía obligación de obsequio y servicio personal, determinado o no.