¿Cuál es la diferencia entre Cancelar y Abrogar?

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La principal diferencia entre cancelar y abrogar

es:
– “cancelar”: Anular, deshacer una orden
– “abrogar”: Suprimir, anular, abolir. Se aplica especialmente refiriéndose a leyes, decretos, edictos, sentencias, ordenanzas, etc

cancelar

abrogar

Etimología

Del latín cancellāre

Verbo transitivo
1
Anular, deshacer una orden.
  • Sinónimos: anular, deshacer, eliminar, invalidar, retroceder.
2
Borrar, anular, eliminar un registro o una nota.
  • Sinónimos: borrar, anular, eliminar, tachar.
3 Finanzas.
Terminar de pagar un préstamo o una deuda.
  • Sinónimos: saldar, amortizar.
Etimología

Si puedes, incorpórala: ver cómo.

Verbo transitivo
1
Suprimir, anular, abolir. Se aplica especialmente refiriéndose a leyes, decretos, edictos, sentencias, ordenanzas, etc.
  • Ejemplo:
«Es preciso abrogar formalmente una ley o mantenerla en vigor» .
  • Sinónimos: anular, casar, invalidar, revocar.
2
Por extensión, se aplica a los usos y costumbres.
3
Aniquilar, destruir por completo.